Tutorial de pago impuesto SII

Guía Rápida: Impuesto de Timbres y Estampillas (F24 y F24.1)

El Impuesto de Timbres y Estampillas (Decreto Ley N° 3.475) grava principalmente los documentos que registran operaciones de crédito de dinero (préstamos, pagarés, créditos, etc.) (p. 3).

1. ¿Qué Formulario debo usar?

Dependerá de quién realiza la declaración:

  • Formulario 24: Para cualquier persona (natural o jurídica) que sea sujeto del impuesto o responsable de retenerlo (p. 3).
  • Formulario 24.1: Exclusivo para Notarios, quienes actúan siempre como retenedores del impuesto (p. 3).

2. Cómo ingresar al sistema

  1. Entra a sii.cl.
  2. Ve al menú Servicios Online > Impuestos mensuales > Impuesto de Timbres y Estampillas (F24 y F24.1) (p. 4). https://www2.sii.cl/formulario-24/1
  3. Ingresa con RUT y Clave Tributaria o ClaveÚnica (p. 4).

3. Pasos para la Declaración

El proceso se divide en secciones clave dentro de la plataforma:

  • Identificación: Los datos personales se cargan automáticamente desde los registros del SII. Si hay errores, deben corregirse en el menú “Actualización de Información” (pp. 7, 14).
  • Datos del Documento: Debes describir el acto o documento, indicar la fecha de emisión y la fecha de vencimiento del impuesto (pp. 8, 16).
  • Cálculo del Impuesto:
    • En el F24, debes ingresar los montos en los códigos correspondientes (ej: Código 213 para pagarés) (p. 9).
    • En el F24.1 (Notarios), se debe identificar al mutuante y mutuario, ingresar el monto del mutuo y la tasa aplicable (pp. 15, 17).
    • Importante: El sistema calcula automáticamente el total a pagar (Código 91) (pp. 9, 18).

4. Pago y Recargos

Al momento de pagar, el sistema calculará automáticamente si existen recargos por IPC, intereses o multas si la declaración se hace fuera de plazo (pp. 10, 19).

Opciones de pago:

  • Pago en línea: Mediante convenios con diversos bancos (BCI, Banco Estado, Santander, etc.) (pp. 11, 20).
  • Cupón de pago: Para imprimir y pagar presencialmente en bancos (p. 11).
  • Guardar: Permite retomar el pago más tarde (solo los formularios en estado “Guardado” pueden retomarse directamente) (pp. 11, 25).

5. Seguimiento

En la sección “Mis declaraciones”, puedes consultar el historial de tus formularios filtrando por año o folio y verificar su estado (Vigente, Pendiente de pago, Rechazado, etc.) (pp. 22, 25).